Régimen especial de regularización de adeudos
- Es el plan más beneficioso de todos los instrumentados hasta el momento por la Intendencia y prevé, mediante la suscripción de convenios, el 100% de bonificación en las multas y recargos en; Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural, Semovientes, Comercios entre otros tributos.
- Se solicita a los contribuyentes la realización de la Declaración Jurada de Bienes vía web previamente a la suscripción del Régimen Especial de Regularización de Adeudos.
- Entrará en vigencia el próximo lunes 13 de setiembre de 2021
- Fue instrumentado por el Gobierno Departamental liderado por el Intendente Nicolás Olivera con el objetivo de reducir los niveles de morosidad, en base a un sistema de convenios que prevé importantes beneficios para los contribuyentes que mantienen deudas y para los buenos pagadores.
- No solamente se trata del plan de regularización más amplio y beneficioso de la historia institucional de la Intendencia, sino que será más accesible y con un mayor volumen de trámites online.
- La morosidad en el pago de tributos impacta directamente en la operativa de la Intendencia y por ende en toda la ciudadanía, generando graves perjuicios para los buenos pagadores.
- Podrán beneficiarse de este régimen especial los contribuyentes que mantengan adeudos con la Intendencia Departamental de Paysandú, por sus obligaciones vencidas e impagas a la fecha de suscripción del convenio.
- Los convenios se podrán amortizar hasta en 48 cuotas, mensuales y consecutivas, sin interés.
- En el caso de la Contribución Rural, se pone a disposición un régimen de pago de cuotas trimestral, semestral o anual.
- La primera cuota deberá abonarse dentro de los 30 días de la suscripción del convenio.
- El monto a convenir se convierte a Unidades Indexadas (UI) y el valor de la cuota se establece dividiendo el monto total sobre la cantidad elegida de cuotas, cuyo monto no podrá ser inferior a 100 UI.
- La remisión de multas y recargos estará asociada a que el contribuyente mantenga la regularidad en pago de los tributos devengados con posterioridad a la firma del convenio.
- Los contribuyentes con adeudos tributarios a quienes la Intendencia Departamental de Paysandú hubiere iniciado acciones judiciales para el cobro, no podrán ampararse a los beneficios del presente régimen.
- El régimen también prevé un Régimen de Bonificación Especial para los buenos pagadores.
- También está previsto un sistema de seguimiento para evitar que el contribuyente pierda los beneficios asociados al convenio y vuelva a incurrir en incumplimientos.
- Este sistema de seguimiento también prevé notificaciones ante nuevos atrasos y, eventualmente, el inicio de acciones legales contra quienes, teniendo capacidad de pago, no exhiben voluntad de regularización y no se pliegan a los convenios.
- Si usted mantiene deudas en algunos de los tributos inscriptos en el plan, puede ingresar a la página www.paysandu.gub.uy y consultar el monto en nuestro simulador, donde también podrá conocer el valor de la cuota de acuerdo al plazo de amortización seleccionado.
- Una vez que haya elegido la modalidad de pago más conveniente, en el mismo sitio web podrá informarse acerca de la documentación requerida y agendarse para los trámites que ha de completar en forma presencial en nuestras oficinas del Palacio Municipal.
- El proceso de agenda también puede completarse telefónicamente y se pueden realizar consultas en el puesto montado para tal fin en el hall del Palacio Municipal.
- Los trámites ante Juntas Locales y Municipios deberán realizarse en forma personal en dichas oficinas
- El presente régimen no contempla deudas por patente de rodados.
- Para más información click aquí: VER DECRETO