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¿Cómo está conformado el Gobierno Departamental de Paysandú?
El gobierno y la administración de los departamentos en Uruguay, con excepción de la seguridad pública, son ejercidos por un Intendente Municipal y la Junta Departamental. El Intendente, con acuerdo de la Junta Departamental, podrá delegar en las autoridades locales la ejecución de determinados cometidos, en sus respectivas circunscripciones territoriales. ¿Cómo son elegidos?
El Intendente y los integrantes de la Junta Departamental, son elegidos directamente por el pueblo, con las garantías y conforme a las normas que para el sufragio establece la Constitución de la República. ¿Cuáles son sus cometidos?
La Junta Departamental tiene como cometido ejercer las funciones legislativas y de contralor en el Gobierno Departamental y su jurisdicción se extiende a todo el territorio del departamento. Corresponden al Intendente las funciones ejecutivas y administrativas en el Gobierno Departamental, representar al departamento en sus relaciones con los Poderes del Estado o con los demás Gobiernos Departamentales, y en sus contrataciones con órganos oficiales o privados. Los cargos de Intendente y de miembros de la Junta Departamental, son incompatibles con el ejercicio de otra función pública electiva, cualquiera sea su naturaleza. ¿Cuánto tiempo permanecen en su cargo?
El Intendente permanece cinco años en el ejercicio de sus funciones y podrá ser reelecto una sola vez, requiriéndose para ser candidato que renuncie con tres meses de anticipación por lo menos, a la fecha de las elecciones. Los miembros de la Junta Departamental permanecerán cinco años en el ejercicio de sus funciones. Simultáneamente con los titulares, se elegirá triple número de suplentes.
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